Capítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final primera

En vigor desde 2 ago 2007
Se autoriza a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a dictar las resoluciones precisas para la aplicación de la presente orden.
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eli/es/o/2007/07/30/itc2334#disposicion-final-primera

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