Art. Preambulo

En vigor desde 5 feb 2009
La presente orden sustituye a la Orden de 25 de abril de 1996 por la que se regulan distintos aspectos relacionados con la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante Convenios de Ajuste Recíproco de Intereses. Conforme a lo previsto en la disposición final primera del Real Decreto 677/1993, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento para la concesión de apoyo oficial al crédito a la exportación mediante convenios de ajuste recíproco de intereses, esta orden completa la normativa básica en materia de crédito a la exportación con apoyo oficial y desarrolla el apoyo oficial ofrecido, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), y mediante un convenio de ajuste recíproco de intereses, a los créditos que conceden las entidades financieras destinados a la financiación de la exportación de bienes y servicios españoles. Estas operaciones de crédito deberán estar incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos internacionales en materia de financiación a la exportación con apoyo oficial de los que España es parte. Dichos acuerdos son, hasta el momento, los siguientes: Acuerdo General sobre Líneas Directrices en Materia de Crédito a la Exportación con Apoyo Oficial (Consenso OCDE), Acuerdo sobre Crédito a la Exportación de Barcos, Acuerdo Sectorial Especial sobre Crédito a la Exportación de Centrales Nucleares, Acuerdo Sectorial Especial sobre Crédito a la Exportación de Aeronaves Civiles, Acuerdo Sectorial Especial sobre Crédito a la Exportación de energías renovables y proyectos de agua. A este respecto, es importante destacar que por esta orden se incorporan las novedades aprobadas en el ámbito internacional, que permiten una mayor flexibilidad de las condiciones que rigen la concesión del apoyo oficial mediante los convenios de ajuste recíproco de intereses. Asimismo, mantiene las facilidades de tramitación a través de una autorización genérica que habilite al Instituto de Crédito Oficial a una tramitación directa de los expedientes conformes con esos requisitos. Finalmente, la presente orden ministerial responde a las demandas recibidas por el sector exportador para adaptar el instrumento a las nuevas circunstancias de los mercados. Esta orden ha sido informada por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión de 15 de enero de 2009. En su virtud, dispongo:
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