Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición adicional segunda

En vigor desde 26 jul 2023
De conformidad con la Ley 9/1968, de 5 de abril, sobre secretos oficiales, y los Acuerdos del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 1986, de 16 de febrero de 1996 y de 6 de junio de 2014, en los que se otorga la clasificación de secreto a la estructura y organización de los servicios de información, la estructura y servicios de tal naturaleza dependientes de la Dirección General de la Policía son los que se determinen por Orden Comunicada del Ministerio del Interior.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2023/07/21/int859#disposicion-adicional-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil