Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 1 jul 2024
A partir de la entrada en vigor de esta orden, los incentivos al rendimiento generados en los periodos de devengo anteriores se percibirán conforme a la regulación en vigor en el momento del devengo, sin que le sean aplicables las modificaciones introducidas por esta norma, con la excepción indicada en la disposición adicional primera.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2024/06/20/int631#disposicion-transitoria-unica

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil