Art. Disposición adicional única
En vigor desde 9 dic 2012
En lo no previsto en la presente Orden, la Comisión Ministerial de Administración Electrónica se regirá por lo establecido, en materia de órganos colegiados, en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es/o/2012/12/04/int2605#disposicion-adicional-unica