Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 8 oct 2010
En el anexo I de la Orden 3764/2004, de 11 de noviembre, por la que se adecuan los ficheros informáticos del Ministerio del Interior que contienen datos de carácter personal a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y se crean nuevos ficheros cuya gestión corresponde a dicho Ministerio, se incluye un último apartado con un fichero del siguiente modo:
«Subsecretaría del Departamento.
a) Nombre del fichero: Registro Electrónico del Ministerio del Interior.
b) Finalidad del fichero: Anotaciones registrales de los asientos electrónicos efectuados en el Registro Electrónico para, en su caso, poder consultar la información registral de sus asientos.
c) Usos previstos: Recepción y remisión de las solicitudes, los escritos y las comunicaciones y de su documentación complementaria a la persona, órgano o unidad destinataria de la misma. Así como para fines estadísticos y para responder a las consultas de los propios usuarios sobre el hecho registral.
d) Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal, o que resulten obligados a suministrarlos: Personas físicas o personas jurídicas en los términos establecidos en el articulo 10 del Real decreto 1671/2009 de 6 de noviembre.
e) Procedimiento de recogida de los datos de carácter personal: Por archivo de los datos introducidos en el momento de realizar el asiento.
f) Estructura básica del fichero y descripción de los tipos de datos de carácter personal incluidos en el mismo:
Datos de carácter identificativo: Nombre, apellidos, DNI/NIF/ pasaporte o documento identificativo, dirección postal y electrónica, teléfono y fax.
Datos relativos a la solicitud, escrito o comunicación presentados: fecha, hora y número de asiento registral, así como documentación anexa que aporte la persona física o jurídica que lo presente. No se incluirán datos especialmente protegidos.
g) Sistema de tratamiento: Automatizado.
h) Cesiones de datos que se prevean: Transmisión de la información y documentación a la persona, órgano o unidad destinataria de la misma.
i) Transferencias internacionales previstas a terceros países: No se prevén.
j) Órgano administrativo responsable del Fichero: Subsecretaría.
k) Órgano administrativo ante el que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Oficialía Mayor, C/ Amador de los Ríos 7, 28071 Madrid.
l) Medidas de seguridad: Nivel básico.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2010/09/29/int2595#disposicion-final-primera