Art. Disposición final segunda
En vigor desde 24 oct 2017
Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.26.ª de la Constitución que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre el régimen de producción, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2017/07/03/int1008#disposicion-final-segunda