Art. Disposición final tercera

En vigor desde 10 mar 2015
Se modifica la Orden IET/2446/2013, de 27 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas, en los siguientes términos: Uno. En el anexo V «Valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte», se modifica el párrafo «c. Estaciones de compresión en gasoductos de transporte primario» del apartado primero «Valores de referencia de inversión en instalaciones de transporte puestas en servicio en el año 2014», que queda redactado en los siguientes términos: « c. Estaciones de compresión en gasoductos de trasporte primario. Con turbocompresor Con motor eléctrico Potencia Instalada menor o igual a 37.284 kW Término Fijo (€/E.C.) 8.030.190 2.618.414 Término Variable (€/kW) 1.124,13 1.841,41 Potencia Instalada mayor de 37.284 kW Término Fijo (€/E.C.) 28.144.325 22.732.549 Término Variable (€/kW) 584,63 957,67» Dos. En el anexo V «Valores unitarios de referencia de inversión y de operación y mantenimiento para instalaciones de transporte», se modifica el párrafo «b. Estaciones de compresión en gasoductos de transporte primario» del apartado tercero «Valores unitarios de explotación de instalaciones de transporte para el año 2013», que queda redactado en los siguientes términos: «b . Estaciones de compresión en gasoductos de transporte primario. Con turbocompresor Con motor eléctrico Término fijo (€/E.C.) 154.771 623.998 Término variable (€/kWh) 62,08 – En el caso de estaciones de compresión con motor eléctrico se abonará al titular la totalidad del coste del suministro eléctrico, excluyendo IVA).»
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2015/03/05/iet389#disposicion-final-tercera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil