Art. Disposición transitoria cuarta

En vigor desde 1 ene 2014
A partir de la entrada en vigor de esta orden, y hasta que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia apruebe la metodología para el cálculo de los peajes de gas natural, los coeficientes «C» aplicables al término de conducción del peaje de transporte y distribución aplicables a los usuarios conectados a redes de distribución alimentadas desde plata satélite son los de la tabla que figura a continuación: Escalón de peaje Coeficiente aplicable 3.1 0,612 3.2 0,615 3.3 0,616 3.4 0,722 3.5 0,324
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eli/es/o/2013/12/27/iet2446#disposicion-transitoria-cuarta

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