Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 16
En vigor desde 25 oct 2015
La cuantía de la garantía económica, regulada en el artículo 44 del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, solicitada como requisito previo para la inscripción en el Registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación, será de 20 €/kW expresada en función de la potencia instalada.
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Proeli/es/o/2015/10/23/iet2212#art-16