Art. 17
En vigor desde 12 oct 2012
Las personas físicas, destinos, instituciones o empresas que hayan obtenido cualquiera de estas condecoraciones, tanto en alguna de las antiguas categorías y modalidades, como en las nuevas modalidades establecidas por el Real Decreto 1269/2012, de 31 de agosto, no podrán obtener de nuevo otra condecoración, ni siquiera en el caso de tratarse de una modalidad diferente.
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Proeli/es/o/2012/10/04/iet2149#art-17