Art. 10
En vigor desde 22 mar 2023
Sin perjuicio de las peculiaridades previstas por esta orden, el funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección se ajustará a lo establecido en la sección tercera del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2023/03/12/hfp266#art-10