Art. 4
En vigor desde 31 dic 2021
1. Las funciones de apoyo administrativo a la ONE para toda la tramitación de las solicitudes de informe serán desempeñadas por la División con competencia en evaluación de los contratos de concesión de la OIReScon.
2. Además, serán responsabilidad de esa misma División las funciones que se señalan a continuación:
a) Impulsar, coordinar y supervisar la elaboración de las propuestas de informes que deben ser realizadas por la Unidad Técnica de Evaluación de Proyectos conforme a lo establecido en el artículo siguiente.
b) Someter las propuestas de informe que hayan sido elaboradas al debate y aprobación del Pleno de la ONE.
c) Ejercer las funciones que le sean encomendadas por el Pleno de la ONE o por el titular de la Presidencia del órgano.
d) Comunicar y publicar los informes y acuerdos aprobados por el Pleno de la ONE.
e) Elaborar la memoria anual de actividades a que se refiere el artículo 333.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, que deberá publicarse previa aprobación del Pleno de la ONE.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2021/12/09/hfp1381#art-4