Art. 9

En vigor desde 1 dic 2023
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre: Uno. Se crea un nuevo campo en el registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo 296, contenido en el anexo III de la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, en la posición y con la redacción que se indica a continuación: «Posiciones Naturaleza Descripción de los campos 77-84 Alfanumérico IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN Identifica de forma única el registro declarado. Este campo se puede cumplimentar de acuerdo con el criterio elegido por el declarante (clave externa autogenerada, código alfanumérico, número de secuencia correlativo, etc.). 85-90 ------- BLANCOS». Dos. Se crea el Anexo al registro de tipo 2, registro de perceptor, de los diseños de registro del modelo 296, contenido en el Anexo III de la Orden EHA/3290/2008, de 6 de noviembre, denominado «Anexo de desglose de retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra» con los campos que se indican a continuación: «MODELO 296 Tipo de registro 2: Anexo de desglose de retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra. Cuando el tipo de renta relacionada en el campo “Clave” (posición 100-101 del registro de tipo 2. Registro de perceptor) tenga los valores 1 (dividendos y otras rentas de participación en fondos propios de entidades, sólo si campo “pago”, posición 148 del registro de tipo 2. Registro de perceptor, toma el valor 1), 2 (intereses y otras rentas derivadas de la cesión a terceros de capitales propios, sólo si campo “pago”, posición 148 del registro de tipo 2. Registro de perceptor, toma el valor 1), 3 a 11 (cánones), 12 (rendimientos de capital mobiliario de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez), 13 ( otros rendimientos de capital mobiliario no citados anteriormente), 22 (retribuciones de administradores y miembros de Consejos de Administración) o, si el pagador fuera persona jurídica o establecimiento permanente, cuando una renta se pudiera entender obtenida simultáneamente en ambos territorios; por corresponderse con las rentas a que se refiere el apartado Cuatro del artículo 22 y el apartado Dos del artículo 23 del Concierto Económico con el País Vasco o el segundo párrafo del apartado 2 del artículo 30 del Convenio Económico con la Comunidad Foral de Navarra; se cumplimentará el “Anexo de desglose de retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra” (Tipo de Hoja “F”) si el ingreso de las retenciones o ingresos a cuenta se reparte entre el Estado y las Haciendas Forales en proporción al volumen de operaciones. El campo «IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN» (posiciones 77-84 del tipo de registro 2) tendrá el mismo contenido en el registro de perceptor (registro de tipo 2) y en el "Anexo de desglose de retenciones e ingresos a cuenta ingresados en el Estado, en las Diputaciones Forales del País Vasco y en la Comunidad Foral de Navarra" (Tipo de Hoja "F") correspondiente a ese perceptor. Posiciones Naturaleza Descripción de los campos 1 Numérico TIPO DE REGISTRO. Constante "2" 02-abr Numérico MODELO DECLARACIÓN. Constante '296' 05-ago Numérico EJERCICIO. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1 sep-17 Alfanumérico NIF DEL DECLARANTE. Consignar lo contenido en estas mismas posiciones del registro de tipo 1 18-26 Alfanumérico NIF DEL PERCEPTOR Su contenido será el que se haya consignado en el campo NIF DEL PERCEPTOR, posiciones 18-26, del registro de tipo 2 del registro de perceptor para el IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN, posiciones 77-84 de este Anexo, correspondiente a este registro. 27-35 Alfanumérico NIF DEL REPRESENTANTE LEGAL Su contenido será el que se haya consignado en el campo NIF DEL REPRESENTANTE LEGAL, posiciones 27-35, del registro de tipo 2 del registro de perceptor para el IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN, posiciones 77-84 de este Anexo, correspondiente a este registro. 36 Alfabético F/J Su contenido será el que se haya consignado en el campo F/J, posición 36, del registro de tipo 2 del registro de perceptor para el IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN, posiciones 77-84 de este Anexo, correspondiente a este registro. 37-76 Alfanumérico APELLIDOS Y NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN DEL PERCEPTOR. Su contenido será el que se haya consignado en el campo APELLIDOS Y NOMBRE, RAZÓN SOCIAL O DENOMINACIÓN DEL PERCEPTOR, posiciones 37-76, del registro de tipo 2 del registro de perceptor para el IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN, posiciones 77-84 de este Anexo, correspondiente a este registro. 77-84 Alfanumérico IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN Identifica el registro de perceptor. Se consignará el mismo contenido del campo IDENTIFICADOR DE REGISTRO O NÚMERO DE ORDEN, posiciones 77-84 del tipo de registro 2 (registro de perceptor) que se corresponda con el registro de perceptor detallado en este Anexo. 85-149 Numérico RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA INGRESADOS EN EL ESTADO, EN LAS DIPUTACIONES FORALES DEL PAÍS VASCO Y EN LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. En el caso de las rentas a que se refieren el artículo 30.2 segundo párrafo del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, y los artículos 22.Cuatro y 23.Dos del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, si el ingreso de las retenciones e ingresos a cuenta se reparte entre el Estado y las Haciendas Forales en proporción al volumen de operaciones, la entidad pagadora, además de consignar las cuantías de retenciones totales practicadas e ingresos totales a cuenta efectuados sobre los citados rendimientos en el campo “Retenciones e ingresos a cuenta” (posiciones 121-133 del registro de tipo 2. Registro de perceptor), cumplimentará los siguientes subcampos, para identificar de forma diferenciada las retenciones e ingresos a cuenta ingresados a cada una de las Administraciones competentes: (85-97) HACIENDA ESTATAL. Campo numérico de 13 posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se refieren el artículo 30.2 segundo párrafo del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, y los artículos 22.Cuatro y 23.Dos del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, efectivamente ingresados en la Hacienda Pública Estatal. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: 85-95 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido, se consignará a ceros. 96-97 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido, se consignará a ceros. (98-110) COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Campo numérico de 13 posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se refiere el artículo 30.2 segundo párrafo del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, efectivamente ingresados en la Comunidad Foral de Navarra. En otro caso, este campo se consignará relleno a ceros. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: 98-108 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. 109-110 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. (111-123) DIPUTACIÓN FORAL DE ARABA/ÁLAVA. Campo numérico de 13 posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se refieren los artículos 22.Cuatro y 23.Dos del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, efectivamente ingresados en la Diputación Foral de Araba/Álava. En otro caso, este campo se consignará relleno a ceros. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: 111-121 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. 122-123 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. (124-136) DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA. Campo numérico de 13 posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se refiere los artículos los artículos 22.Cuatro y 23.Dos del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, efectivamente ingresados en la Diputación Foral de Gipuzkoa. En otro caso, este campo se consignará relleno a ceros. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: 124-134 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. 135-136 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. (137-149) DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. Campo numérico de 13 posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe de las retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se refieren los artículos 22.Cuatro y 23.Dos del Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, efectivamente ingresados en la Diputación Foral de Bizkaia. En otro caso, este campo se consignará relleno a ceros. Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos: 137-147 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. 148-149 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros. 150-499 ----- BLANCOS 500 Alfabético TIPO DE HOJA Constante “F”». Redactado el apartado 2 conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 309 de 27 de diciembre de 2023. Ref. BOE-A-2023-26332
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eli/es/o/2023/11/28/hfp1284#art-9

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