Art. 4

En vigor desde 1 ene 2024
La presentación del modelo 430, «Impuesto sobre las Primas de Seguros. Autoliquidación» se efectuará de forma obligatoria por vía electrónica a través de Internet, con sujeción a la habilitación y condiciones del artículo 6 de la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria y de acuerdo con el procedimiento establecido en los artículos 7 a 10 de esa misma orden.
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eli/es/o/2023/11/28/hfp1284#art-4

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