Art. Disposición final primera

En vigor desde 17 may 2014
La Intervención General de la Administración del Estado podrá dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones necesarias para la ejecución y aplicación de esta orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2014/05/09/hap801#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil