Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 jul 2015
Se faculta a la Dirección General de la Función Pública a dictar las Instrucciones de desarrollo y aplicación de la presente orden que considere oportunas así como a aprobar en su caso los modelos a lo que deban sujetarse los actos y comunicaciones contemplados en esta Orden.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2015/02/19/hap535#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil