Capítulo CAPÍTULO II
Art. 5 ter
En vigor desde 7 ago 2015
Se admitirá información anexa de la factura electrónica como información en la propia factura electrónica o como fichero anexo, en formato no estructurado, PDF o HTML, adicional a la que permite el esquema de datos explícito de la factura electrónica. Se trata de información complementaria a la propia de la factura electrónica que explica, justifica o detalla la información contenida en la misma.
Se añade por el .3 de la Orden HAP/1650/2015, de 31 de julio. Ref. BOE-A-2015-8844 .
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2014/06/24/hap1074#art-5-ter