Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 23 dic 2018
A los efectos de la presente Orden, se aplicarán las definiciones que figuran en el artículo 2 de la Directiva 2014/40/UE, en el artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2018/574 de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017, relativo a las normas técnicas para el establecimiento y el funcionamiento de un sistema de trazabilidad para los productos del tabaco, y en el artículo 2 de la Decisión de ejecución (UE) 2018/576, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2017, sobre las normas técnicas de las medidas de seguridad que se aplican a los productos del tabaco.
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eli/es/o/2018/12/12/hac1365#art-2

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