Art. Disposición final primera

En vigor desde 1 ene 2020
Se modifica el apartado 2 de la disposición adicional única de la Orden HAC/1398/2003, de 27 de mayo, por la que se establecen los supuestos y condiciones en que podrá hacerse efectiva la colaboración social en la gestión de los tributos, y se extiende esta expresamente a la presentación telemática de determinados modelos de declaración y otros documentos tributarios, en el sentido de sustituir el «Modelo 517. Impuestos Especiales de Fabricación. Petición de marcas fiscales a la oficina gestora de impuestos especiales», por el modelo siguiente: «Modelo 517 ‘‘Solicitud de marcas fiscales del Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas’’.»
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eli/es/o/2019/12/09/hac1271#disposicion-final-primera

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