Art. Disposición final segunda

En vigor desde 30 oct 2025
La Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, queda modificada como sigue: Uno. En el anexo I, «Relación de modelos de autoliquidaciones cuyo ingreso puede ser domiciliado a través de las Entidades Colaboradoras de la Agencia Estatal de Administración Tributaria», se añade el siguiente modelo: «Código del modelo: 242. “Autoliquidación del Impuesto Complementario”.» Dos. En el anexo II, «Plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago», se añade el siguiente modelo: «Código modelo: 242. Plazo: Desde el día 1 hasta el 20 de abril. *Solo cuando el período impositivo finalice el día 31 de diciembre. Desde el día 1 hasta el 20 de julio. ***Solo cuando el período de transición finalice el 31 de diciembre».
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