Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 9 nov 2010
Las referencias hechas al responsable técnico de mantenimiento de material rodante ferroviario, conforme a la denominación realizada por la Orden FOM/2520/2006, de 27 de julio, por la que se determinan las condiciones para la obtención de títulos y habilitaciones que permiten el ejercicio de las funciones del personal ferroviario relacionadas con la seguridad, así como el régimen de los centros de formación de dicho personal y de los de valoración de su aptitud psicofísica, deberán entenderse hechas en lo sucesivo al responsable de control de mantenimiento de material rodante ferroviario regulada en la presente orden.
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Proeli/es/o/2010/11/05/fom2872#disposicion-final-segunda