Art. Disposición final primera
En vigor desde 10 sept 2015
Esta orden se dicta en el ejercicio de las competencias en materia de control del espacio aéreo, tránsito y transporte aéreo, y matriculación de aeronaves que el artículo 149.1.20.ª atribuye al Estado con carácter exclusivo.
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Proeli/es/o/2015/07/30/fom1687#disposicion-final-primera