Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 26 nov 2019
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Dirección General de Aviación Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para la aplicación y ejecución de esta orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2019/11/13/fom1146#disposicion-final-segunda