Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final segunda

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En vigor desde 26 nov 2019
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la Dirección General de Aviación Civil, en el ámbito de sus respectivas competencias, adoptarán las medidas necesarias para la aplicación y ejecución de esta orden.
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