Art. 18
En vigor desde 3 ago 2017
Las entidades u organizaciones beneficiarias de subvenciones quedarán sometidas a las responsabilidades y régimen sancionador que, sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el título IV del Reglamento de la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
También quedarán sometidas a lo establecido en el capítulo III del Título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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Proeli/es/o/2017/07/26/ess739#art-18