Art. 2

En vigor desde 5 nov 2013
A los efectos de esta orden, se entenderá por Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los órganos centrales y periféricos que conforman el Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, conforme a lo previsto por la Ley 42/1997, de 14 de noviembre, Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y el Real Decreto 138/2000, de 4 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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eli/es/o/2013/10/08/ess1892#art-2

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