Art. Disposición final primera
En vigor desde 29 dic 2006
La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 15 de junio de 1995, por la que se desarrolla parcialmente el Reglamento General de Recaudación, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 448/1995, de 24 de marzo, en relación con las entidades de depósito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria, queda modificada en el siguiente sentido:
Se incluye el siguiente modelo en el Anexo I: «Código 021. Autoliquidaciones»:
«Código de Modelo: «595».
«Denominación: «Impuesto Especial sobre el Carbón».
«Periodicidad: «Trimestral».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2006/12/21/eha3947#disposicion-final-primera