Art. Disposición final tercera

En vigor desde 31 dic 2008
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». No obstante lo anterior, la posibilidad de domiciliación bancaria del modelo 210, tipo de renta 02 (rentas imputadas de inmuebles urbanos), prevista en la disposición final segunda, entrará en vigor el 1 de julio de 2009.
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eli/es/o/2008/12/29/eha3788#disposicion-final-tercera

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