Art. Disposición adicional única
En vigor desde 24 nov 2009
La presentación del modelo 117 por los obligados tributarios que tengan la consideración de grandes empresas, se efectuará en todo caso de acuerdo con las condiciones generales y el procedimiento de presentación telemática por Internet establecidos en los artículos 2 y 3 de la Orden EHA/3435/2007, de 23 de noviembre, por la que se aprueban los modelos de autoliquidación 117, 123, 124, 126, 128 y 300 y se establecen medidas para la promoción y ampliación de la presentación telemática de determinadas autoliquidaciones, resúmenes anuales y declaraciones informativas de carácter tributario.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2009/11/10/eha3127#disposicion-adicional-unica