Art. 3
En vigor desde 18 nov 2011
Se aprueban los límites económicos a la participación en el tipo de juegos denominado «Juegos Complementarios», que figuran como Anexo III de esta Orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2011/11/08/eha3090#art-3