Art. 1

En vigor desde 3 jun 2009
1. La presente Orden tiene por objeto desarrollar los procedimientos y formas de efectuar las comunicaciones de información relevante, a las que se refiere el artículo 82 de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, en adelante, Ley del Mercado de Valores. 2. Lo dispuesto en la presente orden será de aplicación a las comunicaciones de información relevante que realicen los emisores de valores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 82 de la Ley del Mercado de Valores. 3. Se considerarán incluidas en las comunicaciones a las que se refiere el apartado anterior las relativas a información sobre hechos o decisiones posteriores que resulten significativos y que traigan causa, sean consecuencia o continuación, entrañen cambio o de cualquier forma completen, alteren o pongan fin a la información relevante inicialmente comunicada. 4. Esta orden no será de aplicación a los hechos relevantes de las Instituciones de Inversión Colectiva reguladas por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva, que se regirán por lo establecido en dicha Ley y en sus normas de desarrollo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2009/06/01/eha1421#art-1

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil