Art. Disposición adicional única

En vigor desde 20 mar 2020
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación de lo establecido en esta orden.
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eli/es/o/2020/03/11/efp255#disposicion-adicional-unica

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