Art. Disposición final segunda

En vigor desde 1 jun 2025
Se habilita a la persona titular de la Secretaría de Estado de Educación para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en esta orden, así como para la modificación de los anexos.
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eli/es/o/2025/05/26/efd550#disposicion-final-segunda

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