Capítulo CAPÍTULO XSecc. Sección quinta. Departamentos de orientación

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 7 abr 2010
El Ministerio de Educación dotará progresivamente las plantillas de los centros públicos con los recursos necesarios para dar cumplimiento a las tareas de apoyo y refuerzo del alumnado con necesidad de apoyo educativo descritas en esta Orden.
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eli/es/o/2010/03/18/edu849#disposicion-adicional-primera

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