Art. Disposición final segunda

En vigor desde 18 dic 2010
Esta Orden se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado las competencias para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales, y normas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
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eli/es/o/2010/12/09/edu3242#disposicion-final-segunda

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