Art. Quinto

En vigor desde 28 jun 2002
Las cantidades descontadas a cada empresa a los efectos de cubrir el déficit de ingresos de las actividades reguladas de un año, serán tenidas en cuenta a la hora de calcular el saldo de costes de transición a la compensación a 31 de diciembre de dicho año.
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eli/es/o/2002/06/12/eco1588#quinto

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