Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

En vigor desde 25 mar 2019
La negativa por parte de la entidad a la apertura de una cuenta de pago básica, su cancelación injustificada o cualquier controversia surgida en relación con una cuenta de pago básica podrá ser objeto de reclamación por parte del cliente conforme a lo previsto en la disposición adicional primera de la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.
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eli/es/o/2019/02/28/ece228#art-6

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