Capítulo CAPÍTULO III

Art. 15

En vigor desde 1 jul 2020
En cualquier momento de la relación contractual, el usuario de servicios de pago que así lo solicite tendrá derecho a recibir en papel o en otro soporte duradero el contrato marco, así como el folleto con la información y las condiciones contempladas en el artículo 14.
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eli/es/o/2019/12/26/ece1263#art-15

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