Art. 6

En vigor desde 16 jun 2015
Se aplicará una reducción del 50 % sobre el precio de entrada a los museos a las personas que pertenezcan a los colectivos que a continuación se detallan: a) Miembros de grupos conforme a la definición del artículo 4 de la presente orden. b) Las personas que realicen labores de voluntariado cultural previa presentación de la acreditación que corresponda.
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eli/es/o/2015/05/05/ecd868#art-6

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