Art. 25

En vigor desde 2 may 2014
1. Al comienzo de cada uno de los cursos de la etapa de la Educación Primaria, los equipos docentes llevarán a cabo una evaluación inicial del alumnado. 2. Dicha evaluación se completará con el análisis de los datos e informaciones recibidas del tutor o tutora del curso anterior. 3. La evaluación inicial permitirá que el equipo docente adopte decisiones en relación con la elaboración, revisión y modificación de las Programaciones didácticas, para su adecuación a las características y conocimientos del alumnado. 4. El equipo docente, analizados los resultados de la evaluación inicial, adoptará también las medidas pertinentes de refuerzo y de recuperación para aquellos alumnos y alumnas que lo precisen. 5. Las principales decisiones adoptadas serán recogidas en el acta de la sesión de la evaluación inicial del curso.
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eli/es/o/2014/04/23/ecd686#art-25

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