Art. Quinto

En vigor desde 10 jun 2004
La UNED adoptará las medidas necesarias para que los alumnos que justifiquen debidamente algún tipo de discapacidad, que les impida realizar las pruebas de acceso con los medios ordinarios, puedan hacerlo en las condiciones más favorables en función de su discapacidad.
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eli/es/o/2004/04/13/ecd1719#quinto

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