Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 1 jul 2012
La equivalencia a efectos laborales a la que se refiere la presente orden no podrá dar lugar a equivalencia alguna con el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria a ningún efecto.
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eli/es/o/2012/06/20/ecd1417#disposicion-adicional-primera

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