Art. 3

En vigor desde 6 feb 2014
1. La Sede Electrónica Central del Ministerio de Economía y Competitividad, en adelante SECMINECO, se crea con las siguientes características: a) Quedan incluidos en su ámbito de aplicación los centros directivos del Departamento que no cuenten con sede electrónica propia conforme a lo regulado en los artículos siguientes de esta orden. Asimismo, quedarán incluidos en dicho ámbito los organismos que se determinen en los Convenios de colaboración que, en su caso, suscriba la Subsecretaría con los titulares de los organismos públicos dependientes o adscritos al Departamento, de acuerdo con lo establecido en el último inciso del artículo 3.3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre. Estos acuerdos serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado». b) Se realizarán a través de la SECMINECO todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de los ciudadanos o de la Administración Pública en sus relaciones con éstos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto de los que se decida su inclusión en la SECMINECO por razones de eficacia y calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos. c) La dirección electrónica de la SECMINECO será https://sede.mineco.gob.es. d) La titularidad de la SECMINECO corresponderá a la Subsecretaría del Departamento. e) La gestión tecnológica de la SECMINECO corresponderá a la Subsecretaría del Departamento que la ejercerá a través de la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. f) Serán responsables de la gestión, contenidos y servicios puestos a disposición de los ciudadanos en la SECMINECO, los titulares de los centros directivos del Departamento competentes por razón de la materia y, en su caso, de aquellos organismos que se incorporen a dicha sede. En el caso de que se trate de sedes electrónicas compartidas, los órganos u organismos titulares responderán, en todo caso, por sus contenidos propios y solidariamente por los contenidos comunes. g) La gestión de los contenidos comunes de la SECMINECO y la coordinación con los centros directivos del Departamento y los organismos incorporados a la SECMINECO corresponderá a la Secretaría General Técnica, que la ejercerá a través de la Subdirección General de Estudios, Información y Publicaciones. h) Los contenidos publicados en la sede responderán a los criterios de seguridad e interoperabilidad que se derivan de la Ley 11/2007, de 22 de junio y del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, y conforme a lo que, en su caso, establezcan los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad. i) La información y los servicios incluidos en la sede cumplirán los principios de accesibilidad y usabilidad, establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en los términos dictados por la normativa vigente en esta materia en cada momento. j) Serán canales de acceso a los servicios disponibles en la SECMINECO: 1.º Para el acceso electrónico, Internet, la dirección electrónica de la SECMINECO. 2.º Para la atención presencial, las oficinas del Ministerio de Economía y Competitividad, tanto de carácter central como territorial, conforme a las competencias definidas en las normas reguladoras de la organización ministerial, sin perjuicio del acceso a través de los registros regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 3.º Para la atención telefónica, los servicios de información departamental, en los teléfonos 902 218 600 o 91 495 95 54. 2. Podrán crearse sedes electrónicas derivadas de la SECMINECO, las cuales resultarán accesibles desde ésta sin perjuicio de que sea posible el acceso electrónico directo.
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eli/es/o/2014/01/30/ecc131#art-3

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