Art. 7
En vigor desde 16 jun 2012
La Comisión Ministerial de Administración Electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad podrá recabar, para el ejercicio de sus funciones, cuanta información estime precisa de todos los órganos y organismos públicos del Ministerio, que vendrán obligados a facilitarla.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2012/06/13/ecc1251#art-7