Art. 7

En vigor desde 15 nov 2023
El funcionamiento de la agencia y de sus órganos colegiados se ajustará a lo dispuesto en el capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
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eli/es/o/2023/11/03/dsa1221#art-7

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