Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 3 feb 2016
Las funciones de la Oficina de Atención a la Discapacidad en las Fuerzas Armadas se llevarán a cabo con los medios personales y materiales con que cuente la División del Servicio de Apoyo al Personal.
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eli/es/o/2016/01/25/def83#disposicion-adicional-primera

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