Art. 5
En vigor desde 18 ago 2019
Los cursos relacionados en el artículo 3, apartados 1 y 2, serán impartidos por el Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN) o por la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS).
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Proeli/es/o/2019/07/17/def808#art-5