Art. Decimoquinta

En vigor desde 7 abr 2012
1. La asignación de las plazas se efectuará teniendo en cuenta la ordenación de los aspirantes conforme a los criterios determinados en la norma anterior. 2. Las normas de carácter particular para la asignación de las plazas ofertadas serán las que figuren en la correspondiente convocatoria.
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eli/es/o/2011/03/31/def780#decimoquinta

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