Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1.ª El Mando de Personal
Art. 24
En vigor desde 29 jul 2020
1. La Dirección de Personal es el órgano responsable de la dirección, gestión, administración y control de los procesos de personal del Ejército de Tierra en materia de situaciones, ascensos, destinos, recompensas, documentación, evaluación y orientación de carrera, conforme a la normativa vigente.
2. También es responsable de las actuaciones que puedan corresponder al Ejército de Tierra en materia de reclutamiento y generación adicional de recursos humanos y de gestión del personal militar de cuerpos comunes, personal civil y personal reservista asignado al Ejército de Tierra
3. La Dirección de Personal se articula en:
a) La Subdirección de Carrera Militar, que tiene por cometido realizar la gestión, administración y control en materia de reclutamiento, orientación profesional y modelos de carrera.
b) La Subdirección de Evaluación, que tiene por cometido realizar la gestión, administración y control en materia de evaluación e historial del personal militar.
c) La Subdirección de Gestión de Personal, que tiene por cometido realizar la gestión, administración y control en materia de situaciones, ascensos y destinos del personal militar, así como la gestión correspondiente al personal civil.
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Proeli/es/o/2020/07/27/def708#art-24